Modelo de documento Privado de Préstamo de dinero en Word Bolivia
DOCUMENTO PRIVADO
Conste por el tenor del presente DOCUMENTO PRIVADO DE PRÉSTAMO DE DINERO que al solo reconocimiento de firmas y rúbricas surtirá los efectos de documento suscrito bajo las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- Dirá Ud. que Yo, ANA LÓPEZ FERNÁNDEZ, mayor de edad, hábil por ley, estudiante, con C.I. No. 1234567 La Paz, domiciliada en la Calle Ayacucho Nº 5678, Zona Miraflores, en calidad de ACREEDORA. Por otra parte, el Señor: JUAN PÉREZ GARCÍA, mayor de edad, soltero, de ocupación labores de casa, vecino de esta ciudad, con domicilio en la Calle Litoral S/N, Zona Central, con C.I. No. 7654321 La Paz, en calidad de DEUDOR a efectos del presente contrato.
SEGUNDA.- Al presente, el Señor: JUAN PÉREZ GARCÍA, declara que al momento de la suscripción del presente documento recibe de la Señora: ANA LÓPEZ FERNÁNDEZ, de las generales descritas, en calidad de préstamo, la suma de: DÓLARES AMERICANOS DOS MIL (Sus. 2.000.-), dineros que son concedidos en moneda extranjera de curso legal y corriente. El préstamo de dinero es por el lapso de 2 MESES, computables desde la fecha de suscripción del presente documento, es decir, hasta el 26 de agosto de 2024.
TERCERA.- EL DEUDOR, cancelará desde la fecha de suscripción del presente documento con un interés del 4% mensual. El interés deberá ser cancelado en fecha 26 de cada mes impostergablemente, a cuyo vencimiento se constituirá en MORA sin necesidad de ningún requerimiento judicial o extrajudicial.
CUARTA.- (GARANTÍA). EL DEUDOR constituye en garantía todos sus bienes habidos y por haber, presentes y futuros, sin reserva ni exclusión alguna.
QUINTA.- En caso de que la presente minuta no fuere elevada al rango de escritura pública, al solo reconocimiento de firmas y rúbricas ante notario competente, surtirá efectos de documento privado.
SEXTA.- La Señora: ANA LÓPEZ FERNÁNDEZ, como ACREEDORA, por una parte, y el Señor: JUAN PÉREZ GARCÍA, como DEUDOR, manifiestan su conformidad y aceptación con todas y cada una de las cláusulas que anteceden. Ud. Sr. Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad.
La Paz, 26 de junio de 2024.
Ana López Fernández
ACREEDORA
Juan Pérez García
DEUDOR