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Modelo de Minuta de Compra y Venta de Terreno

Modelo de Minuta de Compra y Venta de Terreno en Word Bolivia

SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.-

Entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, sírvase insertar una MINUTA DE COMPRA Y VENTA TERRENO, de acuerdo a los términos y condiciones que siguen:

PRIMERA: (ANTECEDENTES Y DERECHO PROPIETARIO).- Dura usted Señor Notario que: ALEJANDRA GARCÍA MENDOZA con C.I. 4567890 Exp. Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casada, en Barrio Villa Fátima s/n, declara ser legítima propietaria de un lote de terreno, con una extensión superficial de CINCO MIL METROS CUADRADOS (5000 m²) ubicado en la Zona de Alto Las Delicias, Primera Sección, Distrito Central, Provincia Cercado de este departamento de Cochabamba. El mismo que le pertenece por compra realizada a sus anteriores propietarios, extremo que se demuestra del testimonio de la escritura pública Nro. 9988/15, de fecha 5 de agosto de 2015, otorgado por ante el Dr. Juan Pérez, Notario de fe pública de primera clase Nro. 1. El mismo registrado en la oficina de DD.RR. a fojas y partida Nro. 4523, del libro primero de propiedad de cercado, en fecha 13 de agosto de 2015, actualmente con matrícula Computarizada Nro. 3.01.1.01.0081593, con su inscripción de datos de identidad en el asiento A-4 de fecha 10 de mayo de 2023; extremos que se demuestra de la escritura pública unilateral Nro. 847/2023, de fecha 8 de mayo de 2023, otorgado ante la Dra. Carla Fernández, Notario de fe pública de primera clase Nro. 7.—-

SEGUNDA.- (DEL OBJETO, PRECIO, Y PAGO).- Al presente, el terreno descrito precedentemente actualmente forma parte del asentamiento Villa Fátima, ubicado en el distrito Nro. 11. Subdistrito 41 (Antes)- 45 (Actual) Alto Las Delicias Sur, por lo que la propietaria, con el referido derecho propietario, que le asiste de su libre y espontánea voluntad, por convenir así a sus intereses, sin que medie dolo, presión ni error de ninguna naturaleza, da en VENTA REAL y enajenación definitiva, dentro de la fracción del lote de terreno descrito en la cláusula primera únicamente la extensión superficial de 290,05 m² (doscientos noventa metros cuadrados con cinco centímetros) lote signado con el Nro. 7 del Manzano 501 y es a favor de LAURA RAMÍREZ MARTÍNEZ, quien realiza la presente compra para el Sr. CARLOS HERRERA TORRES con C.I. Nro. 7896541 Cbba, mayor de edad, hábil por derecho, casado. Por el precio libremente convenido entre partes de BOLIVIANOS DIEZ MIL 00/100 (BS. 10.000.-) aclarando que la propietaria vendedora declara recibir los dineros de manos de la compradora, al momento de suscribir esta minuta, en su integridad, en billetes en efectivo y a su entera satisfacción, haciéndose contar que no existe saldo alguno por pagar, pudiéndose en consecuencia la referida compradora ingresar en pacífica posesión real y corporal sobre el inmueble lote de terreno motivo de venta, como sus legítimos y actuales propietarios, en el momento que así crean conveniente a sus intereses, sea judicial o extrajudicialmente.——-

TERCERO.- (LÍMITES).- Los límites del referido inmueble lote de terreno motivo de compra venta, son los siguientes: al Norte, con el lote Nro. 5; al Sur, con una calle innominada de 9 metros; al Este, con el lote Nro. 6 y al Oeste, con el lote Nro. 8.——–

CUARTO.- (ALODIALIDAD, USOS Y COSTUMBRES).- El inmueble lote de terreno motivo de compra y venta se encuentra libre de todo gravamen e hipoteca, sin embargo, la vendedora de buena fe, se obliga a las garantías de evicción y saneamiento de ley. Asimismo, consta que la venta comprende la integridad del lote de terreno, con todos sus usos, costumbres, servidumbre y mejoras introducidas, es decir, sin reserva ni exclusión de ninguna naturaleza.——

QUINTO.- (CONSENTIMIENTO).- El Sr. MARTÍN RAMÍREZ SALAZAR con C.I. Nro. 5782143 Cbba, casado, domiciliado en Villa Fátima zona Sur s/n, en su calidad de esposo de la vendedora, otorga su pleno consentimiento por la presente venta efectuada por la esposa, aclarando de su parte que no habrá en el futuro reclamo alguno por la presente venta.——

SEXTO.- (VALOR DEL DOCUMENTO PRIVADO).- Por acuerdo de partes, se hace constar que en caso de no elevarse la presente minuta a la categoría de escritura pública, surtirá los efectos de documento privado con el solo reconocimiento de firmas y rúbricas ante autoridad competente.–

SÉPTIMO.- (ACEPTACIÓN).- Finalmente dirá usted Señor Notario que LAURA RAMÍREZ MARTÍNEZ con C.I. Nro. 14560093 Cbba, mayor de edad, soltera, domiciliada en Alto Buena Vista s/n zona Sur, y hábil por ley en calidad de compradora por una parte y por otra, ALEJANDRA GARCÍA MENDOZA y MARTÍN RAMÍREZ SALAZAR, de las generales descritas en la cláusula primera y quinta, expresan su plena conformidad con el tenor íntegro del presente documento y en señal de aceptación suscriben al final del mismo, y usted señor notario se sirva agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad.——

Cochabamba, 26 de junio de 2024.

 

ALEJANDRA GARCÍA MENDOZA
VENDEDORA

 

LAURA RAMÍREZ MARTÍNEZ
COMPRADORA

 

MARTÍN RAMÍREZ SALAZAR
CONSENTIMIENTO DEL ESPOSO

 

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